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viernes, diciembre 09, 2005

La directiva Bolkenstein

La directiva Bolkenstein toma su nombre del antiguo comisario europeo del mercado interior Frits Bolkenstein (holandes liberal). Básicamente, consiste en un conjunto de normas desreguladoras cuyo objetivo es eliminar cualquier tipo de barrera interior en el mercado de servicios en la unión europea.

El sector servicios constituye aproximandamente el 70% del producto interior bruto de la unión europea. El objetivo de esta directiva es “establecer un marco jurídico que suprima los obstáculos a la libertad de establecimiento de los prestatarios de servicios y a la libre circulación de los servicios entre los Estados miembros”. La norma plantea varias reformas importantes. Empecemos por una de las más polémicas.

  • El principio del país de origen
Bajo este principio, un prestador de servicios podría operar en cualquier país de la unión europea y estar sujeto a la legislación del país en donde decida tener su sede social dentro de la unión. Esto incluye legislación medioambiental, laboral, seguridad en el trabajo, etc... La directiva también eliminará el registro obligatorio de la empresa cuando abra centros de trabajo en otro estado miembro. La actividad de la empresa en un estado miembro, por tanto, ni siquiera quedaría registrada.

Por ejemplo, los países del este de Europa, recién adheridos a la unión, tienen hasta el año 2010 para adaptar sus legislaciones medioambientales a los estándares comunitarios. Hasta ese momento una empresa española podría trasladar su sede social a alguno de esos países y operar en España con una legislación medioambiental, laboral, etc... reducida.

Otra crítica hacia este principio del "país de origen" es que podría incitar a una reducción progresiva y constante de sus legislaciones para competir con los países de su entorno y atraer las sedes sociales de sus propias empresas, ya que esto incrementaría su balanza comercial.

  • El tratamiento igualitario de cualquier tipo de servicio
Esto implica que todos los servicios prestados (en particular la propuesta cubre "todos los servicios que representan una actividad económica", considerandose una actividad económica "cualquier actividad consistente en ofrecer bienes y servicios en un determinado mercado") serían tratados en igualdad de condiciones sin distinción alguna. Los servicios incluirían los prestados por los gobiernos: sanidad educación, promoción cultural, justicia, etc... cuando "no haya remuneración"

La directiva incluye numerosas medidas para eliminar restricciones y obligaciones en la prestación de servicios. Como un ejemplo de lo que implicaría la apertura de mercados a este nivel, podemos tomar el caso de la sanidad. No se podrían fijar tarifas obligatorias para la prestación de los servicios sanitarios. Tampoco permitiría fijar normas mínimas para el equipamiento o las atenciones en los centros sanitarios. Un estado podrá adoptar medidas contra un operador sanitario excepcionalmente, pero no podrá hacer cumplir una norma general sobre todos ellos.

Además, en el caso de que quisiera hacer cumplir una nueva norma, ésta debería ser enviada antes a la unión: “En el plazo de 3 meses desde la fecha de notificación, la CE examinará la compatibilidad con la ley comunitaria de cualquier nuevo requisito y, en su caso, adoptará una decisión relativa al EM en cuestión para que no la adopte o para que la derogue”. Dicho cambio legislativo deberá además estar producido por una circunstancia nueva.

  • Elimina la normativa previa
Bajo este epígrafe, queremos llamar la atención sobre el hecho de que se eliminarán (o se verán considerablemente alteradas) también las normativas laborales de cada país. Eso incluye los convenios colectivos, sectoriales, etc... Por ejemplo, se busca una flexibilización de las condiciones que se han de cumplir para que una empresa traslade trabajadores de un país a otro. Es común que empresas que operan en varios países trasladen trabajadores de países con sueldos más bajos a países con sueldos más altos. Un estado miembro no podrá ya imponer al trabajador desplazado tener la documentación social de su territorio.

La propuesta debe irse aplicando progresivamente entre el 2005 y el 2008. Organizaciones internacionales, incluyendo la Unión Europea han estado presionando en los países del este de Europa para lograr una reducción de los estándares sociales y fiscales. En la actualidad se puede afirmar sin temor a exagerar, que no existen sistemas de protección social en esta zona. Este hecho, combinado con la directiva Bolkenstein producirá una igualación a la baja de las condiciones laborales, sanitarias, educativas, etc... dentro de la unión europea.

Fuentes

Attac:
http://www.attacmadrid.org/d/5/041016190635.php

Stop Bolkenstein:
http://www.stopbolkestein.org/

Espacio Alternativo:
http://www.espacioalternativo.org/node/view/707